Al igual que las demás personas, los adultos mayores tienen todos los
derechos que se encuentran reconocidos tanto en nuestra Constitución Política y
los ordenamientos jurídicos que de ella se derivan, como en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos.
En especial, las personas adultas mayores tienen derecho a:
- No ser discriminadas en razón de su edad, por lo que la observancia de sus derechos se hará sin distinción alguna.
- Gozar de las oportunidades que faciliten el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad.
- Recibir el apoyo de las instituciones creadas para su atención en lo relativo al ejercicio y respeto de sus derechos.
- Ser protegidas y defendidas contra toda forma de explotación y maltrato físico o mental; por lo tanto, su vida debe estar libre de violencia.
- Recibir la atención y la protección que requieran por parte de la familia y de la sociedad.
- Mantener las relaciones con su familia, en caso de estar separadas de ella, a menos que esa relación afecte la salud y los intereses de las personas adultas mayores.
- Vivir en lugares seguros, dignos y decorosos, en los que puedan satisfacer sus necesidades y requerimientos.
- Expresar su opinión con libertad y participar en el ámbito familiar y social, así como en todo procedimiento administrativo y judicial que afecte sus personas o su familia.
- Ser tratadas con dignidad y respeto cuando sean detenidas por alguna causa justificada o sean víctimas de algún delito o infracción.
- Contar con asesoría jurídica gratuita y oportuna, además de contar con un representante legal o de su confianza cuando lo consideren necesario, poniendo especial cuidado en la protección de su patrimonio personal y familiar.

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